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martes, 25 de abril de 2023

Rechazo al charrismo sindical

 

Renata Aguilar 

 

        En materia de derechos laborales, México está totalmente reprobado. El artículo 123 de nuestra Carta Magna habla precisamente sobre el derecho al trabajo digno y socialmente útil y establece una serie de derechos que en su gran mayoría no son respetados. Por ejemplo, de acuerdo con el Observatorio de Trabajo Digno 61% de los trabajadores carecen de seguridad social, algo sumamente preocupante, sobre todo teniendo en cuenta que es una medida de protección contra la pobreza y la desigualdad; 27% (15.76 millones) labora una jornada excesiva; 32% (12.22 millones) carece de prestaciones sociales y la lista de derechos atropellados y de situaciones de precariedad laboral, es interminable.

 

En el sistema capitalista en que vivimos, los empresarios están guiados por un deseo y afán de ganancia insaciable, esa es la finalidad que mantiene al sistema económico. En ese sentido, siempre harán todo lo que esté a su alcance por explotar al trabajador y obtener mayores ganancias, así que, si infringir los derechos laborales los lleva a acumular más riqueza, los van a infringir, eso es lo que ocurre, alargan las jornadas de trabajo, no pagan horas extras, no otorgan la seguridad social, intensifican el trabajo, etc., etc.

 

Este marco de abusos y atropellos solo puede ser enfrentado en colectivo por los trabajadores, los sindicatos son una poderosa herramienta de defensa para ello, no obstante, el surgimiento de estos en nuestro país fue cobijado por el Estado y no por los trabajadores, por lo cual su control les fue ajeno.

 

En 1931 se promulgó la Ley Federal del Trabajo en la que se reconoció la libertad sindical y se estableció el derecho de los trabajadores a formar sindicatos, y en 1936, por ejemplo, el presidente Lázaro Cárdenas impulsó la creación de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), que se convirtió en la central obrera más grande y poderosa del país. Después de una intensa lucha interna Vicente Lombardo Toledano deja la dirección de la CTM y, posteriormente, fue encabezada durante 50 años por Fidel Velázquez convirtiéndose en sinónimo de corrupción y control político. La cooptación de los líderes sindicales por parte del poder político y empresarial fue y es la norma.

 

En este contexto de violación de derechos laborales y la imposición de sindicatos charriles, existe una gran desconfianza de los trabajadores hacia los sindicatos, lo que lleva a que no se organicen y afilien a alguno, pues aducen, “sale lo mismo o peor”. Sin embargo, también existen ejemplos vivos de trabajadores que se unen y se organizan para defender los derechos laborales que mínimamente les otorga la ley e incluso que luchan por mejorarlos.

 

Un caso reciente de trabajadores que hacen frente a situaciones adversas es el que ocurrió el pasado 24 de marzo en la empresa Ronal Querétaro, S.A de C.V., pues se llevó a cabo la elección para obtener la Constancia de Representatividad que les permitió acreditar la solicitud para demandar la firma del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT); esta elección adquirió tamaña importancia pues los trabajadores eligieron entre dos sindicatos, uno afiliado a la CTM, su antiguo sindicato, que ignoró deliberadamente las voces de descontento y las peticiones de los trabajadores y, consecuentemente, optaron por organizarse y formar ellos mismos su propia dirección sindical cobijados por la Confederación Revolucionaria de Trabajadores (CRT), de esta manera su nuevo sindicato está en condiciones de defender auténticamente sus intereses de clase.

 

Anterior a dicha elección, el 22 de agosto de 2022, los trabajadores ya habían rechazado la legitimación del CCT que tenía más de 20 años de vigencia. Esto como un procedimiento derivado del compromiso laboral de México en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), en el que se encuentra el capítulo 23 laboral y su anexo 23-A, donde se establece la “legitimación de contratos colectivos”, un procedimiento que permite que los trabajadores conozcan el contenido de sus CCT y a partir de su conocimiento, manifiesten su respaldo a dicho contrato, o de lo contrario, voten en contra y se queden sin contrato, pero con el beneficio de poder organizarse colectivamente y establecer un nuevo contrato colectivo, hecho que ocurrió en Ronal Querétaro  donde han comenzado las negociaciones con la empresa para firmar su nuevo CCT.

 

El rechazo a una poderosa central obrera como es la CTM, pero plagada de corrupción y totalmente sumisa al Estado y a los empresarios, es un importante triunfo de trabajadores organizados que actúan para mejorar sus condiciones laborales, pero, aunque es un paso muy importante, todavía es el inicio de un largo camino en el que tendrán que mantenerse unidos y cohesionados para luchar por conquistar el respeto a sus derechos y mejoras laborales.

 

Recordemos que, si bien los sindicatos son una herramienta para la mejora de las condiciones laborales, estas mejoras no son suficientes para abolir la explotación laboral, por lo que las organizaciones sindicales deben ser también un instrumento de concientización política de los obreros sobre la lucha de clases, es decir, la incesante lucha entre ellos, como clase proletaria y los patrones como representantes de la clase capitalista. Aparte de sus fines originales, los sindicatos deben aprender a actuar ahora de modo más consciente, Marx ya desde 1866 lo señalaba, “deben actuar como ejes de la organización de la clase obrera, con miras a su emancipación radical. Deben apoyar todo movimiento social o político que tienda hacia esa dirección”. Esto es a lo que deben aspirar los obreros al agruparse en un sindicato, ir más allá de las mejoras inmediatas y económicas, es decir, desplegar una lucha hacia la conquista del poder político y la transformación radical de la sociedad en favor del pueblo trabajador.


domingo, 16 de abril de 2023

En vísperas de vencerse el plazo para legitimar CCT

Nelson Kamo 

El protocolo para la Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo garantiza que los contratos sean conocidos por los trabajadores y avalados a través del voto libre, directo y secreto, señaló la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS). Este documento se publicó el 31 de julio de 2019.


Dicho protocolo establece que para llevarse a cabo la legitimación de un Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), el sindicato titular dará aviso a la STPS que consultará a los trabajadores para determinar si la mayoría lo respalda, es decir, se someterá a votación para que decidan de manera libre si están de acuerdo en continuar con el sindicato actual para la representación y defensa de sus intereses.


La reforma laboral establece que este procedimiento de legitimación tiene como plazo máximo antes del 1 de mayo de 2023, por tanto, los contratos no legitimados quedarán sin vigencia.


En un comunicado de la STPS del 20 de enero de 2022, reportaba 12 mil 641 CCT legitimados y 146 CCT rechazados; también señaló que el universo de contratos pasó de 550 mil a 139 mil, ya que al ser catalogados y digitalizados por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), se excluyeron los inactivos, sin materia, otros contratos por obra o tiempo determinado y los duplicados.


A unos cuantos días para que finalice este proceso de consulta, se tienen legitimados 13 mil 659 contratos lo que representa el 10 por ciento de los 139 mil contratos vigentes; el titular del CFCRL Alfredo Domínguez Marrufo estima que el 1 de mayo se habrán legitimado entre 16 mil y 18 mil contratos, tan solo el 13 por ciento en el mejor de los casos.


La reforma laboral de 2019 establece que tal aviso deberá hacerse mínimo con 10 días hábiles de anticipación a la fecha en que se pretende realizar la votación, lo anterior a través de la plataforma digital ttp://legitimacioncontratosctqa.stps.gob.mx/, acto seguido darán aviso al CFCRL que realizarán una asamblea para la legitimación de su contrato colectivo, una vez hecho lo anterior se descargan los formatos para la votación, entre otros.


Posterior a la votación, si la mayoría de trabajadores vota a favor del CCT, el CFCRL expedirá la Constancia de Legitimación, sin embargo, si el CCT no cuenta con el apoyo mayoritario de los trabajadores, éste se dará por terminado, es aquí donde los trabajadores tendrán la posibilidad de afiliarse a un sindicato que en verdad luche por sus derechos laborales (aumento salarial, reparto de utilidades por citar algunos), para ello deberán reunir mínimo el 30 por ciento de firmas de los trabajadores y solicitar ante el CFCRL la Constancia de Representatividad, una vez que se agote este procedimiento se demandará a la empresa la firma del nuevo CCT.


En agosto de 2022, trabajadores de la fábrica Ronal Group Querétaro S.A. de C.V. (productora de rines para automóviles) llevaron a cabo el proceso de legitimación del CCT que tenían con un sindicato de la CTM dando como resultado el siguiente, de 394 trabajadores con derecho a voto, acudieron a votar 271, de estos, 99 votaron a favor del CCT, 168 en contra y 4 nulos. Por lo tanto, conforme a lo que establece la reforma, se dio por terminado el CCT que se tenía con la CTM, dejando a los trabajadores en la posibilidad de afiliarse a otro sindicato; fue así como decidieron acercarse a la Confederación Revolucionaria de Trabajadores (CRT) para la defensa de sus derechos laborales; apegándose a la reforma, el sindicato cerretista consiguió la simpatía de más del 30% de trabajadores y el CFCRL fijó el día 24 de marzo de 2023 para la votación con el objeto de obtener la Constancia de Representatividad, los resultados dieron una amplia ventaja a la CRT sobre su contendiente la CTM; el resultado de la votación fue: de un total de 466 trabajadores, 224 votaron por el sindicato perteneciente a la CRT y 96 a favor delo sindicato de la CTM.


Con estos hechos se demuestra que, si el sindicato actual está de lado del patrón y no lucha por mejorar las condiciones de los trabajadores, éstos pueden sacudirse ese lastre y afiliarse a un sindicato que de verdad defienda y luche con ellos para alcanzar mejores condiciones de trabajo en sus centros fabriles.