Raúl
R. Pérez
El pasado 1º de septiembre
entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación,
también conocida como outsourcing; incluida en la ley desde 2012.
¿En
qué consiste este sistema de trabajo, por qué se recurre a él con tanta
frecuencia y qué consecuencias trae para las empresas y para los trabajadores? Es
el régimen mediante el cual una empresa contrata con un tercero —por eso se le
llama también: tercerización—, para que esta realice algún trabajo o le proporcione
algún bien o servicio. Fenómeno que también se le conoce con la palabra de
origen inglés outsourcing (de out = fuera y source = fuente,
origen) que podríamos traducir al español como suministro desde el exterior o
aprovisionamiento de bienes o servicios. También se le denomina intermediación,
porque en la relación entre trabajador y patrón interviene un intermediario,
que se le denomina contratista.
Veámoslo
con un caso hipotético. La empresa “A” (llamada CONTRATANTE) es la empresa
fundamental, beneficiaria del trabajo que se lleve a cabo, fija las tareas del
contratista y supervisa el desarrollo de los servicios o la ejecución de las
obras contratadas; la empresa “B” (denominada CONTRATISTA) considerado patrón,
ejecuta las obras o presta el servicio correspondiente, con los trabajadores
bajo su dependencia y cobra a la contratante por los trabajos realizados. El
trabajador tiene la relación laboral, exclusivamente, con el contratista.
Las
razones de los empresarios para justificar este artificio legal, radica en
sostener que con la globalización de la economía —si quieren mantenerse en el
mercado—, están obligados a aligerar la carga laboral, flexibilizar las
relaciones de trabajo y volverse más competitivos asignando trabajos
especializados a otras empresas para concentrarse en lo que son más eficientes.
Dicho en palabras más sencillas: mediante esta argucia pretenden volverse más
competitivos pagándoles menos a los trabajadores. Las empresas que recurren al outsourcing
transfieren todas sus obligaciones laborales y de seguridad social a las
empresas contratistas. Son estas últimas las que les pagan sus salarios y sus
prestaciones laborales a los trabajadores, cuando se las pagan.
Normalmente,
los trabajadores sometidos a este régimen no generan antigüedad en el empleo,
pues se les trae de un lugar a otro. Son contratados por periodos cortos: un
mes, tres meses o lo que haga falta; se les descansa cuando quiere el patrón.
Adiós a la estabilidad en el empleo, a las vacaciones, al aguinaldo y ni hablar
de las utilidades que se quedan en la empresa contratante y nunca llegan a los
trabajadores empleados por la contratista. Lo común es que se les registre ante
el IMSS (cuando se les registra), con salarios inferiores a los que realmente
ganan, con lo que se les afecta el monto de sus pensiones, así como en sus
incapacidades y accidentes de trabajo. Las posibilidades de defenderse por
medio de un sindicato para este tipo de trabajadores son prácticamente nulas;
antes de que concluya cualquier procedimiento de defensa colectiva termina el periodo
por el que fueron contratados.
Frente
al despido, quienes laboran en este régimen, se encuentran en estado de
indefensión. Comúnmente, el trabajador se encuentra con estas dificultades: 1.
No sabe a quién exigir el cumplimiento de sus derechos laborales, 2. La empresa
no cuenta con patrimonio para hacer frente a sus obligaciones legales en
materia laboral y, 3. La empresa que lo contrató ya no existe, pues es práctica
común que cambien de razón social y de domicilio cada cierto tiempo.
No se
piense que el outsourcing sea un fenómeno limitado a funciones de
limpieza, vigilancia o a comedores de las grandes empresas. No. Este régimen
laboral ha permeado a casi todas las ramas industriales y de servicios; nos lo
encontramos en las ramas más diversas. Por ejemplo: la mayoría de los
trabajadores de los bancos en México laboraban con este sistema; al tiempo que
reportaban abultadas ganancias. “De enero a julio pasado, las ganancias de los
51 bancos que operan en México acumularon 96 mil millones de pesos, un
crecimiento de 40% respecto del mismo periodo del año previo, informó la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)”. Tomado de “ El Universal” del
30 de agosto de 2021. Los Bancos exprimen a sus clientes pero también a sus
trabajadores.
Veamos
otro ejemplo. “Los trabajadores mineros del país pidieron a las autoridades
laborales que sean revisados y vigilados todos los contratos de outsourcing
existentes en las empresas del ramo. Con ello, los trabajadores quieren evitar
que se violen las medidas de seguridad, que se dé empleo en el sector a
personas sin capacitación adecuada o menores de edad, y disminuir al mínimo
accidentes en las zonas de trabajo” (periódico “Reforma” del 5 de agosto de
2020). Esta situación prevalece en una rama industrial caracterizada por los
bajos salarios y por las pésimas condiciones de seguridad evidenciados por los
accidentes que han tenido lugar en los últimos tiempos y que han cobrado la
vida de muchos humildes trabajadores.
Veamos
ahora que tan congruente es el gobierno de la 4T: “El Gobierno federal, uno de
los principales empleadores, ha utilizado […] la tercerización de personal, por
lo que ahora ‘debe poner el ejemplo’ y contratar directamente a los 500 mil
trabajadores que realizan funciones en limpieza, seguridad, comedores y
servicios de tecnología, a partir de 2021. Así lo expresó en entrevista Joel
Ayala Almeida, dirigente de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al
Servicio del Estado (FSTSE), quien explicó que en el gobierno se han mantenido
diversas figuras ‘híbridas’ para la contratación de personal pero que en
realidad se han quedado en el limbo trabajadores a los que no se les respeta la
antigüedad laboral, ni sus derechos de seguridad social” (El Economista, 25 de
noviembre de 2020). Casi todas las Secretarías del gobierno federal tienen a su
servicio trabajadores que laboran bajo la figura del outsourcing; otro
tanto sucede con las dependencias del gobierno de la Ciudad de México.
Esta
otra nota confirma lo dicho por el dirigente de la FESTSE, “Quiere eliminar el outsourcing,
pero el gobierno federal paga 5 mil mdp por subcontratación laboral” (el Contribuyente,
29 de octubre de 2020).
Para comprender
hasta donde se ha extendido el outsourcing, basta mencionar lo dicho por
Zoe Robledo, director del IMSS: “el 40% del empleo formal en México labora bajo
el outsourcing, intermediación laboral o tercerización” (foro organizado
por El CEO. 27 de agosto de 2021). Se calcula que, antes de la reforma, cerca
de seis millones de trabajadores se encontraban en este régimen.
¿A qué
se debe que haya proliferado tanto la subcontratación laboral? A que refleja el
alma del capital, que anda siempre en busca de la máxima ganancia.
Dejando clara la contradicción de intereses entre patrones y trabajadores, que
muchas veces se trata de ocultar otorgando algunas migajas a los trabajadores
“para que se sientan parte de la empresa”. A los patrones no les interesa la
suerte de los trabajadores más allá de conservarlos para que les sigan
produciendo ganancias. Para acrecentar sus utilidades tratan de reducir sus
gastos en mano de obra. Además del outsourcing, utilizan “ingeniosos”
enredos mediante los cuales tratan de enmascarar la relación laboral y
desentenderse de sus obligaciones laborales y de seguridad social. Dejan de
pagar las cuotas al IMSS, al INFONAVIT y se olvidan de indemnizaciones y
liquidaciones. Presentan a los trabajadores como miembros de una cooperativa,
como socios de una empresa fantasma, como comisionistas, como prestadores de
servicios profesionales sujetos a un contrato civil, etc.
El outsourcing
es una simulación más, del gusto de los patrones, que justifican diciendo que
crea empleos y que vuelve más competitiva a las empresas. El sector patronal ha
expresado de muchas maneras su apego al outsourcing, veamos algunas
opiniones representativas: “El presidente nacional de la Confederación Patronal
de la República Mexicana (COPARMEX), Gustavo de Hoyos, declaró que la
reforma…es una traición al compromiso pactado con las empresas del sector
privado (debate.com., 12 noviembre, 2020).
Más moderada es la opinión de los dirigentes de la Cámara Nacional de la
Industria de la Transformación (CANACINTRA), “Propone Canacintra corregir
abusos en outsuorcing en vez de eliminar la figura de la contratación
laboral” (zetatijuana.com., 8 noviembre, 2020.). Por su parte, Ricardo Salinas
Pliego, presidente del grupo Salinas y asesor del Presidente de la República
expresó: “El que una empresa le preste servicios a otra no es malo, por más
básicos o complejos que éstos sean, escribió el empresario en sus redes
sociales…el dueño del Grupo Salinas señala que es ‘una práctica que deberíamos
extender más, pues fomenta que nuestra economía sea cada vez más competitiva’”
(El Universal, 29 noviembre, 2020). Al final, los empresarios terminaron por
aceptar una reforma parcial en materia de subcontratación porque el gobierno les
concedió beneficios relativos al reparto de utilidades.
Se
prohíbe la subcontratación de personal que consiste en que una persona física o
moral proporcione trabajadores propios en provecho de otra; pero se permite la
prestación de servicios especializados de empresas que sean autorizadas por la
Secretaría del Trabajo.
El
gobierno dice que como fruto de la reforma los trabajadores recibirán más
utilidades, lo cual es absolutamente falso. No recibirán ni un centavo
adicional de lo que les hubiera tocada con las reglas anteriores a la reforma. Se
incluyó un tope o límite superior que no podrán rebasar las utilidades de
ningún trabajador. El art. 127, frac. VIII, de la ley laboral reformada dice: “El
monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses de
salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los
últimos tres años; se aplicará el monto más favorable al trabajador”.
Un ejemplo nos ayudará a entender el procedimiento que se va a aplicar: si un
trabajador gana 8 mil pesos al mes, cuando mucho podrá recibir 24 mil pesos de
utilidades (que es el tope impuesto con la reforma); aunque la empresa haya
tenido un buen año y con el procedimiento del 10% le pudieran corresponder 30 o
40 mil pesos. Si López Obrador dice lo contrario es porque es un ignorante que
no lee las leyes que promulga o porque es un malintencionado que quiere engañar
al pueblo.
De
acuerdo con los datos del Seguro Social, a la fecha han pasado a la nómina de
las empresas 2.6 millones de los 5 millones que laboraban con el sistema de outsourcing.
De los cuales el 27 por ciento tienen un salario inferior al que tenían antes
del cambio de régimen. Lo que demuestra que la modificación del régimen laboral
por sí solo no garantiza el bienestar de los trabajadores. Los patrones
tratarán de explotar al máximo, como ya lo vienen haciendo, a sus trabajadores.
No
olvidemos que la propia ley laboral permite el trabajo por horas y que la
mayoría de los trabajadores laboran en la economía informal (actividades sin
control oficial y con trabajadores que no gozan de seguridad social). Que
tenemos uno de los niveles salariales más bajos de Latinoamérica y que tenemos
un alto y preocupante nivel de desempleo. Nada de esto se corrige con las
políticas de este gobierno. Tenemos, eso sí, mucha propaganda gubernamental.
Mucho ruido y pocas nueces.