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viernes, 10 de noviembre de 2023

El riesgo de trabajo

Luis Manuel Ramírez


Compañero trabajador, en el diario trajinar laboral estamos expuestos a sufrir un accidente, esto puede ser leve o en ocasiones irreversible, puede ser en nuestro centro laboral o en trayecto, para lo cual debemos saber qué es un riesgo de trabajo y en caso de sufrir un accidente saber qué hacer y qué derechos como trabajadores tenemos.


Primero definamos que es un riesgo de trabajo.


Conforme al artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo el riesgo de trabajo se define como:los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo”.


Y la propia ley clasifica a estos riesgos de la siguiente manera:


Accidente de Trabajo: es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial. Esta es producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Dentro de esta definición se incluye: “los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador. Directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél”.


Enfermedad de trabajo: es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa “que tiene origen en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios”. Nosotros sabemos que cuando nos enfermamos, pues no podemos ir a trabajar así, tener una fuerte infección estomacal nos limita para hacer nuestra labor, por decir lo menos y en caso de accidente pues la situación es mucho peor, cuando cualquiera de estas situaciones se presenta , debemos acudir a nuestra clínica que nos corresponda con el fin de ser atendidos, y en su caso obtener el justificante médico que acredite el que estamos enfermos y además que se justifique nuestra ausencia de trabajo, a fin de que el patrón no nos corra y para eso nos incapacitan.


Estas incapacidades pueden ser ya sea temporal, incapacid
ad parcial o incapacidad permanente total.


La primera, la temporal, es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.


La segunda, la incapacidad permanente parcial es aquella que disminuye las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.


Y, por último, la incapacidad permanente total se define como la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.


Ahora bien debemos saber cuáles son los derechos que tenemos como trabajadores que sufrimos un riesgo de trabajo y estos son:

  • Asistencia médica y quirúrgica. 
  • La rehabilitación. 
  • Hospitalización, cuando el caso lo requiera. 
  • Medicamentos y material de curación. 
  • Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios. 
  • La indemnización fijada en la Ley.

Para lo anterior es necesario el que estés dado de alta ante el seguro social, y debes tener cuidado en que esté bien hecha tu alta, debes verificar tus datos personales con el fin de evitar el que se te demore la atención a la que tienes derecho.


Ahora bien, debes saber compañero que hay excepciones a estos derechos. A continuación, enlisto lo que marca la ley cuando el accidente o riesgo de trabajo ocurre por nuestra irresponsabilidad, esto es cuando:


  • Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez. 
  • Cuando el trabajador está bajo la acción de algún narcótico o droga enervante. Salvo que exista prescripción médica y que el trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento del patrón y le hubiese presentado la prescripción suscrita por el médico. 
  • Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí solo o de acuerdo con otra persona. 
  • Si la incapacidad es el resultado de alguna riña o intento de suicidio.

El patrón queda en todo caso obligado a prestar los primeros auxilios y a cuidar del traslado del trabajador a su domicilio o a un centro médico.


Por ello debes cuidar tu salud y evitar a toda costa el que te perjudiques ya que esto puede provocar que pierdas el trabajo y tu familia este con deudas y preocupaciones innecesarias.


Una situación que se presenta comúnmente es que al momento en que te contratan, algunos patrones te dicen que te paga más pero que no hay seguro social, esto lo hacen para evitar pagar cuotas e impuestos, pero si y tus demás compañeros viven esta situación, pueden y, en su caso, deben saber que solo mediante la organización de un sindicato o la adhesión a uno ya constituido, servirá para una mejor defensa de tus derechos, y si existe el sindicato y este es patronal y no les ayuda tienen entonces todo el derecho de cambiarlo.


martes, 4 de julio de 2023

Acerca de los riesgos laborales

 


Nataly Barrera 

Todos necesitamos tener una fuente de ingreso y, en una sociedad dividida entre poseedores y desposeídos, ello hace vulnerable a todo aquel que solo cuenta con su fuerza de trabajo y la solicita,  tanto que la única preocupación que tenemos es que los patrones nos reciban en su fábrica; muchas veces sin estipular bajo un contrato los derechos y obligaciones del contratado como del contratante, se ingresa entonces a laborar sin capacitación y conocimiento de la maquinaria ya que esto le permite al patrón ahorrarse un dinero, y es de ahí donde surgen los inevitables riesgos de trabajo.


Cerca de mi comunidad hay una fábrica donde producen veladoras, cuentan los trabajadores que al abrir esta empresa hubo posibilidades de empleo para muchos habitantes del pueblo que desconocían la forma de laborar en la fábrica ya que la mayoría desempeñaba trabajo agrícola, sin embargo, a pesar de que tuvieron capacitación, un contrato seguro y su pago cada semana, no cambió la situación en la que viven muchos trabajadores, peor aún estuvieron expuestos a sustancias tóxicas que les han provocado enfermedades y hasta la muerte.


Sabemos entonces que todo trabajador debe tener las herramientas y protección necesarias para laborar, pero la necesidad de obtener ingresos para sobrevivir es la primera enfermedad que padecemos como trabajadores. El número de accidentes en México, al año, sería otro si las leyes en verdad se ejecutaran en beneficio del trabajador y se revisara el proceso de las contrataciones minuciosamente para que no haya patrones irresponsables que se hagan los occisos.


La Organización Internacional del Trabajo (OIT) estima que se producen más de un millón de muertos en el trabajo cada año y cientos de millones de trabajadores son víctimas de accidentes en el lugar de trabajo y de la peligrosa exposición profesional a sustancias tóxicas.


El artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en el ejercicio o con motivo del trabajo. La propia LFT reconoce 185 enfermedades que se agrupan de la siguiente manera:


1.- Enfermedades infecciosas y parasitarias. 

2.- Cánceres de origen laboral. 

3.- Enfermedades del sistema circulatorio. 

4.- Trastornos mentales.  

5.- Enfermedades del sistema respiratorio. 

6.- Enfermedades del sistema digestivo. 

7.- Enfermedades de la piel y tejidos subcutáneos. 

8.- Enfermedades del sistema osteomuscular y del tejido conjuntivo. 

9.- Intoxicaciones. 

10.- Enfermedades del ojo u oído.  

11.- Enfermedades de endocrinología y genitourinarias. 

 

La historia de la sociedad dice que el esclavismo fue un sistema de producción cruel donde a los esclavos los encadenaban y no eran libres, los compraba el amo y era su dueño para tratarlo a su antojo como un instrumento más de trabajo, pero esto último obligaba al amo a alimentar bien a su esclavo para que este trabajara más y estuviera fuerte, cuidaba de que no se enfermara porque para él era una pérdida monetaria.


En la actualidad el modo de producción es capitalista y la condición económica del patrón mejora, no obstante ahora no se preocupa por el alimento y la salud del trabajador, si bien no estamos encadenados físicamente, lo cierto es que seguimos siendo explotados y tenemos peores condiciones de vida, el patrón a cambio de nuestra fuerza de trabajo nos da un salario el cuál no alcanza para comer, nuestros horarios laborales nos someten a una rutina imparable donde no da tiempo de atender siquiera cualquier síntoma que se padezca así como no se cuenta con la protección y seguridad necesarios para poder evitar un accidente o quedar expuestos a los químicos o sustancias que pueden provocar una futura enfermedad grave o mortal.


Las condiciones que como trabajadores tenemos para atendernos son mínimas: si faltas un día para ir al médico y no es justificable por tus síntomas o necesitas más revisiones, rápidamente estás en la mira del patrón y tienes peligro de ser despedido, esto te obliga a dejar la atención de salud para después pero consecuentemente se agrava la enfermedad; la atención de salud es muy deficiente, son muchas horas de espera y un día perdido para un trabajador que no tiene contrato de trabajo, que se convierte en media semana de carencias ya que vamos al día e ir al doctor es un gasto extra así como faltar al trabajo es perder parte de tu ingreso semanal y si necesitas incapacidad esto te asusta ya que no te lo puedes permitir por la necesidad y esto provoca que la enfermedad nos consuma automáticamente por dentro hasta llegar nuestro deceso.


Los accidentes más frecuentes son por falta de capacitación por parte de la empresa o porque no se cuenta con las medidas de seguridad necesarias y, lamentablemente, los trabajadores incluso por desconocimiento, miedo o pena no las exige.


No seamos parte de este número de víctimas que va en aumento ni de enfermedades ni de accidentes. Es importante conocer nuestros derechos, pero es más importante exigirlos y luchar por mejores condiciones laborales que garanticen nuestra integridad. Hay que unirnos y organizarnos, es hora de que aquello que establece la ley laboral se lleve a cabo, si a nosotros como trabajadores no nos preocupa mucho menos a los patrones, es hora de poner manos a la obra.