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martes, 25 de abril de 2023

Rechazo al charrismo sindical

 

Renata Aguilar 

 

        En materia de derechos laborales, México está totalmente reprobado. El artículo 123 de nuestra Carta Magna habla precisamente sobre el derecho al trabajo digno y socialmente útil y establece una serie de derechos que en su gran mayoría no son respetados. Por ejemplo, de acuerdo con el Observatorio de Trabajo Digno 61% de los trabajadores carecen de seguridad social, algo sumamente preocupante, sobre todo teniendo en cuenta que es una medida de protección contra la pobreza y la desigualdad; 27% (15.76 millones) labora una jornada excesiva; 32% (12.22 millones) carece de prestaciones sociales y la lista de derechos atropellados y de situaciones de precariedad laboral, es interminable.

 

En el sistema capitalista en que vivimos, los empresarios están guiados por un deseo y afán de ganancia insaciable, esa es la finalidad que mantiene al sistema económico. En ese sentido, siempre harán todo lo que esté a su alcance por explotar al trabajador y obtener mayores ganancias, así que, si infringir los derechos laborales los lleva a acumular más riqueza, los van a infringir, eso es lo que ocurre, alargan las jornadas de trabajo, no pagan horas extras, no otorgan la seguridad social, intensifican el trabajo, etc., etc.

 

Este marco de abusos y atropellos solo puede ser enfrentado en colectivo por los trabajadores, los sindicatos son una poderosa herramienta de defensa para ello, no obstante, el surgimiento de estos en nuestro país fue cobijado por el Estado y no por los trabajadores, por lo cual su control les fue ajeno.

 

En 1931 se promulgó la Ley Federal del Trabajo en la que se reconoció la libertad sindical y se estableció el derecho de los trabajadores a formar sindicatos, y en 1936, por ejemplo, el presidente Lázaro Cárdenas impulsó la creación de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), que se convirtió en la central obrera más grande y poderosa del país. Después de una intensa lucha interna Vicente Lombardo Toledano deja la dirección de la CTM y, posteriormente, fue encabezada durante 50 años por Fidel Velázquez convirtiéndose en sinónimo de corrupción y control político. La cooptación de los líderes sindicales por parte del poder político y empresarial fue y es la norma.

 

En este contexto de violación de derechos laborales y la imposición de sindicatos charriles, existe una gran desconfianza de los trabajadores hacia los sindicatos, lo que lleva a que no se organicen y afilien a alguno, pues aducen, “sale lo mismo o peor”. Sin embargo, también existen ejemplos vivos de trabajadores que se unen y se organizan para defender los derechos laborales que mínimamente les otorga la ley e incluso que luchan por mejorarlos.

 

Un caso reciente de trabajadores que hacen frente a situaciones adversas es el que ocurrió el pasado 24 de marzo en la empresa Ronal Querétaro, S.A de C.V., pues se llevó a cabo la elección para obtener la Constancia de Representatividad que les permitió acreditar la solicitud para demandar la firma del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT); esta elección adquirió tamaña importancia pues los trabajadores eligieron entre dos sindicatos, uno afiliado a la CTM, su antiguo sindicato, que ignoró deliberadamente las voces de descontento y las peticiones de los trabajadores y, consecuentemente, optaron por organizarse y formar ellos mismos su propia dirección sindical cobijados por la Confederación Revolucionaria de Trabajadores (CRT), de esta manera su nuevo sindicato está en condiciones de defender auténticamente sus intereses de clase.

 

Anterior a dicha elección, el 22 de agosto de 2022, los trabajadores ya habían rechazado la legitimación del CCT que tenía más de 20 años de vigencia. Esto como un procedimiento derivado del compromiso laboral de México en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), en el que se encuentra el capítulo 23 laboral y su anexo 23-A, donde se establece la “legitimación de contratos colectivos”, un procedimiento que permite que los trabajadores conozcan el contenido de sus CCT y a partir de su conocimiento, manifiesten su respaldo a dicho contrato, o de lo contrario, voten en contra y se queden sin contrato, pero con el beneficio de poder organizarse colectivamente y establecer un nuevo contrato colectivo, hecho que ocurrió en Ronal Querétaro  donde han comenzado las negociaciones con la empresa para firmar su nuevo CCT.

 

El rechazo a una poderosa central obrera como es la CTM, pero plagada de corrupción y totalmente sumisa al Estado y a los empresarios, es un importante triunfo de trabajadores organizados que actúan para mejorar sus condiciones laborales, pero, aunque es un paso muy importante, todavía es el inicio de un largo camino en el que tendrán que mantenerse unidos y cohesionados para luchar por conquistar el respeto a sus derechos y mejoras laborales.

 

Recordemos que, si bien los sindicatos son una herramienta para la mejora de las condiciones laborales, estas mejoras no son suficientes para abolir la explotación laboral, por lo que las organizaciones sindicales deben ser también un instrumento de concientización política de los obreros sobre la lucha de clases, es decir, la incesante lucha entre ellos, como clase proletaria y los patrones como representantes de la clase capitalista. Aparte de sus fines originales, los sindicatos deben aprender a actuar ahora de modo más consciente, Marx ya desde 1866 lo señalaba, “deben actuar como ejes de la organización de la clase obrera, con miras a su emancipación radical. Deben apoyar todo movimiento social o político que tienda hacia esa dirección”. Esto es a lo que deben aspirar los obreros al agruparse en un sindicato, ir más allá de las mejoras inmediatas y económicas, es decir, desplegar una lucha hacia la conquista del poder político y la transformación radical de la sociedad en favor del pueblo trabajador.


viernes, 10 de marzo de 2023

Trabajo digno

Ulises Bracho

        Han dicho los economistas que el trabajo es la fuente de toda la riqueza que podemos observar y gozar en el mundo, una condición básica y fundamental de toda la sociedad a tal punto, dijo Federico Engels, que el trabajo ha creado y desarrollado a los seres humanos. Es decir, las necesidades de satisfacer su supervivencia social llevaron al hombre a estimular sus órganos (la destreza de sus manos, el perfeccionamiento del cerebro y la creación del lenguaje, por ejemplo) para desarrollar la capacidad de adquirir y producir sus alimentos, calzarse, vestirse hasta edificar enormes ciudades para su comodidad y pleno desenvolvimiento.


Actualmente, en gran parte de los países el avance industrial y tecnológico ha llegado a tal punto de resolver las necesidades de cada sociedad produciendo los bienes materiales en menor tiempo. En este sentido, el trabajo social que se requiere para producir las mercancías, en estricto sentido, se ha reducido formidablemente, de tal manera que, por dar un ejemplo, para producir un par de zapatos hemos pasado de una inversión de tres meses de trabajo artesanal a tres minutos en las fábricas modernas, esta última en una escala mayor de producción. Por tanto, podemos decir que las jornadas laborales debieran tender a reducirse en la producción de mercancías, sin embargo, el hambre de ganancia de los capitalistas impone la prolongación de las jornadas laborales del trabajador y horas extras que eleven la productividad, a costa de la explotación y de las malas condiciones de trabajo.


Entonces, ante la marcha histórica de la lucha de los trabajadores por mejores salarios, por la reducción de la jornada laboral, por tener el derecho a organizarse en sindicatos, a su pensión, salud y vivienda, ¿por qué la clase obrera productora de toda la riqueza social sigue sufriendo hambre y miseria dentro de la sociedad capitalista moderna? En otras palabras, ¿por qué la clase trabajadora no cuenta con un trabajo digno?


El trabajo digno está amparado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la Ley Federal del Trabajo (LFT). En el artículo 123 de nuestra Constitución dice que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil”. La LFT precisa en su segundo artículo que el trabajo digno es “aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador”.


Para la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que es un organismo especializado de la ONU, a diferencia de la LFT, utiliza el término “trabajo decente” que enfatiza en la oportunidad que tiene el trabajador para acceder a un empleo productivo que genere ingresos justos, seguridad en el trabajo y protección social para su familia.


En este sentido, el trabajo digno predispone al ser humano a que se desarrolle personalmente y lo integre a la sociedad, donde pueda expresarse libremente, se organice y participe en las decisiones que afectan su vida y exista igualdad de oportunidades para todos. Sin embargo, una cosa es lo que está estipulado en nuestras leyes y otra muy distinta es lo que ocurre en la realidad.


En muchas ocasiones, los trabajadores acceden a laborar en cualquier trabajo que les resuelva lo más elemental: el hambre. Si les va bien en su búsqueda, solicitan un buen salario y si no es mucho pedir, que tengan acceso a algunas prestaciones. Es decir, su concepto de trabajo digno se reduce a lo más elemental sin profundizar en lo que realmente, por ley, les corresponde como productores de toda la riqueza social. Al no tener conciencia de sus derechos laborales, se ven enredados en engaños como aquel donde el patrón solicita empleado, ofreciendo un salario semanal de $1,200 y además con derecho a prestaciones”. Aprovechándose de la escasez de trabajo, los patrones suelen decirle al trabajador “esto te doy si trabajas para mí y seamos buenos amigos, cuando el derecho a un trabajo bien remunerado y el acceso a las prestaciones es un derecho que toda empresa está obligada a cumplir y no está en función a la caridad del patrón.


La realidad es que “el 61% de la población ocupada en el país no cuenta con acceso a una institución de salud, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE)” (El Economista, 2021) y al menos 6 de cada 10 mexicanos carece de las condiciones de protección social; el esquema con los trabajadores asalariados –que se supone que en las respectivas empresas el Gobierno supervisa el cumplimiento de sus obligaciones– el 34% en México labora sin prestaciones. La práctica del trabajo digno no se aplica ni de lejos en la cotidianeidad de los trabajadores, porque en realidad no se ataca el problema de fondo: la inequitativa distribución de la riqueza social generada por los obreros. Es decir, engañan a la clase obrera ofreciéndole condiciones laborales que parecen progresistas, pero en realidad solo atenúan el problema más no lo eliminan.


La clase trabajadora debe ir comprendiendo que en esta sociedad capitalista, quienes nos gobiernan son aliados de los patrones y, por tanto, jamás accederán a respetar el trabajo digno, porque dicho cumplimiento significa la reducción de las ganancias de los grandes capitales. Son entonces los propios trabajadores organizados y conscientes de su papel histórico quienes deben defender sus derechos hasta sus últimas consecuencias, y si exigir una distribución más equitativa de la riqueza social que ellos mismos producen los obliga a transformar el modelo económico existente y tomar en sus manos el poder político del país, entonces eso se tendrá que hacer.