domingo, 5 de septiembre de 2021

Mitos y realidades del outsourcing

Raúl R. Pérez

El pasado 1º de septiembre entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación, también conocida como outsourcing; incluida en la ley desde 2012.

          ¿En qué consiste este sistema de trabajo, por qué se recurre a él con tanta frecuencia y qué consecuencias trae para las empresas y para los trabajadores? Es el régimen mediante el cual una empresa contrata con un tercero —por eso se le llama también: tercerización—, para que esta realice algún trabajo o le proporcione algún bien o servicio. Fenómeno que también se le conoce con la palabra de origen inglés outsourcing (de out = fuera y source = fuente, origen) que podríamos traducir al español como suministro desde el exterior o aprovisionamiento de bienes o servicios. También se le denomina intermediación, porque en la relación entre trabajador y patrón interviene un intermediario, que se le denomina contratista.

Veámoslo con un caso hipotético. La empresa “A” (llamada CONTRATANTE) es la empresa fundamental, beneficiaria del trabajo que se lleve a cabo, fija las tareas del contratista y supervisa el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas; la empresa “B” (denominada CONTRATISTA) considerado patrón, ejecuta las obras o presta el servicio correspondiente, con los trabajadores bajo su dependencia y cobra a la contratante por los trabajos realizados. El trabajador tiene la relación laboral, exclusivamente, con el contratista.

Las razones de los empresarios para justificar este artificio legal, radica en sostener que con la globalización de la economía —si quieren mantenerse en el mercado—, están obligados a aligerar la carga laboral, flexibilizar las relaciones de trabajo y volverse más competitivos asignando trabajos especializados a otras empresas para concentrarse en lo que son más eficientes. Dicho en palabras más sencillas: mediante esta argucia pretenden volverse más competitivos pagándoles menos a los trabajadores. Las empresas que recurren al outsourcing transfieren todas sus obligaciones laborales y de seguridad social a las empresas contratistas. Son estas últimas las que les pagan sus salarios y sus prestaciones laborales a los trabajadores, cuando se las pagan.

Normalmente, los trabajadores sometidos a este régimen no generan antigüedad en el empleo, pues se les trae de un lugar a otro. Son contratados por periodos cortos: un mes, tres meses o lo que haga falta; se les descansa cuando quiere el patrón. Adiós a la estabilidad en el empleo, a las vacaciones, al aguinaldo y ni hablar de las utilidades que se quedan en la empresa contratante y nunca llegan a los trabajadores empleados por la contratista. Lo común es que se les registre ante el IMSS (cuando se les registra), con salarios inferiores a los que realmente ganan, con lo que se les afecta el monto de sus pensiones, así como en sus incapacidades y accidentes de trabajo. Las posibilidades de defenderse por medio de un sindicato para este tipo de trabajadores son prácticamente nulas; antes de que concluya cualquier procedimiento de defensa colectiva termina el periodo por el que fueron contratados.

Frente al despido, quienes laboran en este régimen, se encuentran en estado de indefensión. Comúnmente, el trabajador se encuentra con estas dificultades: 1. No sabe a quién exigir el cumplimiento de sus derechos laborales, 2. La empresa no cuenta con patrimonio para hacer frente a sus obligaciones legales en materia laboral y, 3. La empresa que lo contrató ya no existe, pues es práctica común que cambien de razón social y de domicilio cada cierto tiempo.

No se piense que el outsourcing sea un fenómeno limitado a funciones de limpieza, vigilancia o a comedores de las grandes empresas. No. Este régimen laboral ha permeado a casi todas las ramas industriales y de servicios; nos lo encontramos en las ramas más diversas. Por ejemplo: la mayoría de los trabajadores de los bancos en México laboraban con este sistema; al tiempo que reportaban abultadas ganancias. “De enero a julio pasado, las ganancias de los 51 bancos que operan en México acumularon 96 mil millones de pesos, un crecimiento de 40% respecto del mismo periodo del año previo, informó la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)”. Tomado de “ El Universal” del 30 de agosto de 2021. Los Bancos exprimen a sus clientes pero también a sus trabajadores.

Veamos otro ejemplo. “Los trabajadores mineros del país pidieron a las autoridades laborales que sean revisados y vigilados todos los contratos de outsourcing existentes en las empresas del ramo. Con ello, los trabajadores quieren evitar que se violen las medidas de seguridad, que se dé empleo en el sector a personas sin capacitación adecuada o menores de edad, y disminuir al mínimo accidentes en las zonas de trabajo” (periódico “Reforma” del 5 de agosto de 2020). Esta situación prevalece en una rama industrial caracterizada por los bajos salarios y por las pésimas condiciones de seguridad evidenciados por los accidentes que han tenido lugar en los últimos tiempos y que han cobrado la vida de muchos humildes trabajadores.

Veamos ahora que tan congruente es el gobierno de la 4T: “El Gobierno federal, uno de los principales empleadores, ha utilizado […] la tercerización de personal, por lo que ahora ‘debe poner el ejemplo’ y contratar directamente a los 500 mil trabajadores que realizan funciones en limpieza, seguridad, comedores y servicios de tecnología, a partir de 2021. Así lo expresó en entrevista Joel Ayala Almeida, dirigente de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE), quien explicó que en el gobierno se han mantenido diversas figuras ‘híbridas’ para la contratación de personal pero que en realidad se han quedado en el limbo trabajadores a los que no se les respeta la antigüedad laboral, ni sus derechos de seguridad social” (El Economista, 25 de noviembre de 2020). Casi todas las Secretarías del gobierno federal tienen a su servicio trabajadores que laboran bajo la figura del outsourcing; otro tanto sucede con las dependencias del gobierno de la Ciudad de México.

Esta otra nota confirma lo dicho por el dirigente de la FESTSE, “Quiere eliminar el outsourcing, pero el gobierno federal paga 5 mil mdp por subcontratación laboral” (el Contribuyente, 29 de octubre de 2020).

Para comprender hasta donde se ha extendido el outsourcing, basta mencionar lo dicho por Zoe Robledo, director del IMSS: “el 40% del empleo formal en México labora bajo el outsourcing, intermediación laboral o tercerización” (foro organizado por El CEO. 27 de agosto de 2021). Se calcula que, antes de la reforma, cerca de seis millones de trabajadores se encontraban en este régimen.

¿A qué se debe que haya proliferado tanto la subcontratación laboral? A que refleja el alma del capital, que anda siempre en busca de la máxima ganancia. Dejando clara la contradicción de intereses entre patrones y trabajadores, que muchas veces se trata de ocultar otorgando algunas migajas a los trabajadores “para que se sientan parte de la empresa”. A los patrones no les interesa la suerte de los trabajadores más allá de conservarlos para que les sigan produciendo ganancias. Para acrecentar sus utilidades tratan de reducir sus gastos en mano de obra. Además del outsourcing, utilizan “ingeniosos” enredos mediante los cuales tratan de enmascarar la relación laboral y desentenderse de sus obligaciones laborales y de seguridad social. Dejan de pagar las cuotas al IMSS, al INFONAVIT y se olvidan de indemnizaciones y liquidaciones. Presentan a los trabajadores como miembros de una cooperativa, como socios de una empresa fantasma, como comisionistas, como prestadores de servicios profesionales sujetos a un contrato civil, etc.

El outsourcing es una simulación más, del gusto de los patrones, que justifican diciendo que crea empleos y que vuelve más competitiva a las empresas. El sector patronal ha expresado de muchas maneras su apego al outsourcing, veamos algunas opiniones representativas: “El presidente nacional de la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX), Gustavo de Hoyos, declaró que la reforma…es una traición al compromiso pactado con las empresas del sector privado (debate.com., 12 noviembre, 2020).  Más moderada es la opinión de los dirigentes de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (CANACINTRA), “Propone Canacintra corregir abusos en outsuorcing en vez de eliminar la figura de la contratación laboral” (zetatijuana.com., 8 noviembre, 2020.). Por su parte, Ricardo Salinas Pliego, presidente del grupo Salinas y asesor del Presidente de la República expresó: “El que una empresa le preste servicios a otra no es malo, por más básicos o complejos que éstos sean, escribió el empresario en sus redes sociales…el dueño del Grupo Salinas señala que es ‘una práctica que deberíamos extender más, pues fomenta que nuestra economía sea cada vez más competitiva’” (El Universal, 29 noviembre, 2020). Al final, los empresarios terminaron por aceptar una reforma parcial en materia de subcontratación porque el gobierno les concedió beneficios relativos al reparto de utilidades.

Se prohíbe la subcontratación de personal que consiste en que una persona física o moral proporcione trabajadores propios en provecho de otra; pero se permite la prestación de servicios especializados de empresas que sean autorizadas por la Secretaría del Trabajo.

El gobierno dice que como fruto de la reforma los trabajadores recibirán más utilidades, lo cual es absolutamente falso. No recibirán ni un centavo adicional de lo que les hubiera tocada con las reglas anteriores a la reforma. Se incluyó un tope o límite superior que no podrán rebasar las utilidades de ningún trabajador. El art. 127, frac. VIII, de la ley laboral reformada dice: “El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses de salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto más favorable al trabajador”. Un ejemplo nos ayudará a entender el procedimiento que se va a aplicar: si un trabajador gana 8 mil pesos al mes, cuando mucho podrá recibir 24 mil pesos de utilidades (que es el tope impuesto con la reforma); aunque la empresa haya tenido un buen año y con el procedimiento del 10% le pudieran corresponder 30 o 40 mil pesos. Si López Obrador dice lo contrario es porque es un ignorante que no lee las leyes que promulga o porque es un malintencionado que quiere engañar al pueblo.

De acuerdo con los datos del Seguro Social, a la fecha han pasado a la nómina de las empresas 2.6 millones de los 5 millones que laboraban con el sistema de outsourcing. De los cuales el 27 por ciento tienen un salario inferior al que tenían antes del cambio de régimen. Lo que demuestra que la modificación del régimen laboral por sí solo no garantiza el bienestar de los trabajadores. Los patrones tratarán de explotar al máximo, como ya lo vienen haciendo, a sus trabajadores.

No olvidemos que la propia ley laboral permite el trabajo por horas y que la mayoría de los trabajadores laboran en la economía informal (actividades sin control oficial y con trabajadores que no gozan de seguridad social). Que tenemos uno de los niveles salariales más bajos de Latinoamérica y que tenemos un alto y preocupante nivel de desempleo. Nada de esto se corrige con las políticas de este gobierno. Tenemos, eso sí, mucha propaganda gubernamental. Mucho ruido y pocas nueces.

 

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