sábado, 12 de diciembre de 2020

Qué hacer en caso de… despido injustificado (2ª parte).

 

Por: José Mejía

Compañero trabajado recuerda que cuando  has sido despedido, tienes sesenta días naturales para interponer la demanda, para ello tienes que apoyarte en una instancia gubernamental llamada PROFEDET en donde con los datos de tu vida laboral que tú les proporciones, dicha dependencia procederá a citar a la empresa para tratar de llegar a un acuerdo, esto debes hacerlo inmediatamente después de que fuiste despedido, lo anterior porque empieza a correr el término para interponer tu demanda. Si la empresa acude a la citación, pueden suceder dos cosas: a) te ofrecen una cantidad de dinero que satisfaga lo que por derecho te corresponde y firmen un convenio para dar fin al conflicto laboral; b) puede ser que la empresa no acuda o te ofrezcan una cantidad ridícula, por tanto, deberás iniciar el procedimiento legal correspondiente: demandar a la empresa por despido injustificado.

Tendrás que apoyarte en un abogado especializado en derecho laboral para que dicho profesional elabore tu demanda. Antes de firmar la demanda tu abogado debe informarte, de manera sencilla, cuáles son los pasos, tiempos, costos y, en su caso, la forma de pago de sus honorarios para que tú estés de acuerdo en ello y, hasta entonces, firmes tu demanda. Firmada ésta, el abogado procederá a presentar tu demanda en la Junta Local o Federal que corresponda, donde la sellarán de recibido y le asignarán la Junta que le corresponda de acuerdo al giro de la empresa. Posteriormente, la Junta que reciba tu demanda elaborará un escrito llamado de radicación, es decir, que dicha Junta acepta que ante la misma se llevará a cabo el proceso legal, en dicha radicación la Junta mandará a un notificador para que éste lleve una copia de tu demanda y se presente en el domicilio donde trabajabas para que la empresa sea notificada y tenga la posibilidad de contestar la demanda o ser omisa al respecto. Si la contesta, entonces estamos ya inmersos en  el proceso legal y la Junta señalará día y hora para la primera audiencia llamada de Conciliación, esto significa que en la misma pueden llegar a un acuerdo conciliatorio para dar fin al conflicto laboral.

Debes de tener en cuenta que si tienes la razón legal y llegan a un convenio, esto significa que no te van a dar el 100 por ciento de lo que te corresponde, porque se trata de un convenio conciliatorio o de negociación.

Ahora bien, puede ser que el ofrecimiento de pago de la empresa siga siendo mucho menor a lo que te corresponde y, con la asesoría de tu abogado, decidas proseguir con el juicio y entonces la Junta señalará de nueva cuenta día y hora de una nueva audiencia.

Como una información adicional, te comentamos que si fuiste despedido durante la pandemia, el término de sesenta días se suspendió hasta en tanto termine la contingencia, por lo que al término de ésta y una vez que las Juntas hayan iniciado actividades es posible que aún estés en tiempo de ingresar tu demanda.

Esperando tus comentarios o dudas…..


 

INICIO DE LAS ETAPAS PROCESALES EN UN JUICIO POR DESPIDO INJUSTIFICADO.

1.       El organismo de protección del trabajo (PROFEDET) citará a los representantes de la empresa para exhortarlos a llegar a un convenio de pago que evite seguir con el trámite del juicio laboral.

2.       Si tanto el trabajador como la empresa deciden llegar a un convenio, éste deberá ser firmado por ambas partes ante una Junta de Conciliación para que ambos tengan la certeza jurídica del acuerdo al que se ha llegado.

3.       En caso de que no se llegue a un convenio, el siguiente paso es que tú, trabajador, presentes tu demanda por despido injustificado ante una Junta de Conciliación y Arbitraje.

4.       La propia Junta notificará de manera personal a la empresa de la existencia de tu demanda, así como la fecha en que se llevará a cabo la primera audiencia.

5.       En esta audiencia, se les invitará nuevamente a llegar a un convenio y dar fin al procedimiento laboral, en caso de que las partes decidan realizar un convenio, éste deberá ser aprobado por la Junta. Si no es posible llegar a un convenio, el procedimiento laboral continúa su curso.

6.       El siguiente paso es esperar a que la empresa demandada presente su escrito de contestación a tu demanda. Una vez aceptada dicha contestación por la Junta, nuevamente se te dará una fecha de audiencia.

7.       En esta nueva audiencia, deberás  acudir acompañado de tu abogado.

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