Selene Aguiar
El hambre y la necesidad de
pan obligan al hombre a emplearse en trabajos que no solo lo fatigan, sino que,
a cambio de un raquítico salario, el patrón lo explota y expone a riesgos
laborales que pueden terminar en accidentes o incluso en la muerte.
A decir
del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), “en la mayoría de los casos,
los accidentes de trabajo suceden debido a las condiciones peligrosas de equipo,
maquinaria, herramientas de trabajo e instalaciones, así como por la actitud o
actos inseguros de trabajadores al realizar sus actividades.” Estas condiciones
podrían ser mejoradas por los patrones, pues, aunque están obligados por la ley
a capacitar a los trabajadores, no lo hacen.
Cuando ocurre un accidente
laboral, el trabajador tiene derecho a ser atendido por la institución
encargada de la seguridad social, en el caso de los trabajadores del sector
privado, el IMSS, que es quien califica o certifica que el accidente que ha
llevado al individuo al hospital sea, precisamente, un riesgo de trabajo. No
obstante, es de suma conocido que existe la evasión tanto del IMSS como de la
patronal a registrar los accidentes, el primero por eludir la atención de los
trabajadores y el segundo por ahorrar en el pago de cuotas y evitarse mayores
responsabilidades.
Un
estudio llevado a cabo en 2003 en 27 delegaciones del IMSS dio a conocer que no
se registran el 26 por ciento de los accidentes laborales, con variaciones en
las delegaciones del 0 al 68 por ciento, es decir, en algunos casos no se
registran más de la mitad de los accidentes ocurridos. En el periodo 1994-2004
se identifican cifras del 26 y 78 por ciento de accidentes no registrados.
En
otro artículo publicado en la Revista Médica del IMSS, Salinas y otros autores
exponen que hay más accidentes laborales registrados en Francia, Dinamarca y
Canadá, que en México, lo que resulta sorprendente pues las condiciones
laborales en nuestro país son mucho peores.
La
poca información, la deficiencia de la sistematización de la existente, la
escasa atención sobre el problema y el insuficiente tratamiento en la
literatura agravan aún más la obtención de cifras precisas y confiables que
revelen la situación que enfrentan los trabajadores.
Ahora
bien, según el IMSS, en 2016 hubo 543 mil 409 casos; en 2017, 533 mil 801; en
2018, 554 mil 164; en 2019, 548 mil 168; en 2020, 472 mil 486 casos y en 2021,
fueron tan solo 122 mil 474 casos, lo que representa una disminución
considerable en el último año.
En
este aparentemente favorable escenario de disminución de accidentes de trabajo,
vislumbro tres causas posibles: la primera, que los patrones hayan mejorado
considerablemente las condiciones laborales, hayan elaborado e implementado una
estrategia de prevención de riesgos y hayan respetado la jornada laboral tanto
como la carga de trabajo que corresponde a un empleado; la segunda, por la baja
ocupación laboral debido a la pandemia; y la tercera, que el subregistro de
accidentes siga igual o incluso que haya aumentado. Seguramente la disminución
de accidentes registrados se debe a esta última causa, sobre todo considerando
que desde la tribuna presidencial cuando se conocen cifras no agradables al
régimen, se ignora la realidad y se dicen tener otros datos.
Ahora,
cuando no se ha formulado ninguna estrategia seria que ataque el problema de no
registrar los accidentes laborales (subregistro), ni por parte de los
organismos de trabajo ni por parte de los organismos de salud, no se puede
pensar o creer ingenuamente que por magia u obra divina ya no ocurren con tanta
frecuencia. Cierto es que probablemente la pandemia también haya influido en su
disminución, situación que seña la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), pero, por ejemplo, el sector productivo (agricultura, caza, ganadería y
silvicultura) que es uno en donde se registraban el mayor número de accidentes,
no se detuvo, además en el sector salud y el de servicios que eran los más
bajos en accidentes, durante este periodo aumentaron.
Los
accidentes laborales aún con pandemia y en la recuperación actual de la
economía, ocurrieron y ocurren, y el hecho de que no se les registre y que incluso
se normalice dicho subregistro, afecta gravemente las prestaciones de los
trabajadores, la atención oportuna de su salud, su economía y su calidad de
vida.
Cuando
el accidente no se califica como un riesgo laboral, el asegurado pierde las
prestaciones que le corresponden, no se le indemniza ni tiene derecho a la
reincorporación laboral, se ve obligado a hacer uso de otras prestaciones, como
la de enfermedad general, en la que destaca el pago de las incapacidades
generales a 60 por ciento del salario de cotización. Una ingente injusticia,
pues se está atropellando y violando flagrantemente el seguro social al que
tiene derecho. Pero esto no es todo, sino que la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social (STPS) y el IMSS, teniendo conocimiento del serio problema del
ocultamiento de los accidentes laborales, lo ignoran deliberadamente.
Compañero
trabajador, ante tan sombrío panorama en que ni las empresas, ni los institutos
de salud, ni las secretarías que se supone deberían proteger tu seguridad
social lo hacen, no queda otra alternativa que te organices y luches por tus
derechos laborales, es pues este, el único camino para mejorar tus condiciones laborales
y de vida. Queda.
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