martes, 10 de agosto de 2021

Qué hacer en caso de… despido injustificado (12ª parte): Sentencias del amparo

 

 

Por: José Mejía.

 En nuestra última entrega, platicamos de que el proceso laboral había terminado y que la autoridad ha emitido el laudo o sentencia que pone fin al conflicto laboral, y que, de ser el caso, cualquiera de las partes del juicio tiene derecho a interponer un recurso o nuevo juicio denominado Amparo. En caso de que la autoridad superior a la Junta acepte, tramite y dicte sentencia o resolución esta podría ser de varias maneras a saber:

a) Sentencias que conceden el amparo.

       b) Sentencias que niegan el amparo.

c)  Desechamiento o sobreseimiento.

Veamos ahora, brevemente, en qué consiste cada una de ellas.

Sentencias que conceden el amparo. Queda claro que se ganó el amparo y que la Junta debe acatar el mismo y modificar su laudo para que se cumpla el mismo en los términos establecidos en el amparo.

Sentencias que niegan el amparo. Tal y como se menciona no se otorga el  amparo.

Desechamiento y sobreseimiento. Desde el punto de vista gramatical, el término improcedencia se define como "falta de oportunidad, de fundamento o de derecho y, en concordancia con su significado gramatical, la improcedencia del amparo se traduce en la actualización de alguna circunstancia de hecho o de derecho que impide que se resuelva el fondo de la cuestión controvertida en el juicio.

En este tenor, la improcedencia del amparo es la institución jurídica procesal en la que al actualizarse ciertas circunstancias previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley de Amparo o en la Jurisprudencia, el órgano jurisdiccional se ve impedido para analizar y resolver el fondo de la controversia. Esto implica la inexistencia de los presupuestos procesales necesarios para que el juicio sea admitido o, en su caso, sustanciado, pues la causa de improcedencia puede tenerse por acreditada desde el momento en que se presenta la demanda de amparo, lo que generará que la demanda sea desechada; o bien, después de admitida la demanda, supuesto éste que tendrá como consecuencia que se sobresea en el juicio.

¿Qué es el sobreseimiento del juicio de amparo?

Desde el punto de vista gramatical por sobreseer se entiende "desistir de la pretensión o empeño que se tenía" y "cesar en una instrucción material y, por extensión, dejar sin curso ulterior un procedimiento".

En este sentido, el sobreseimiento en el juicio de amparo constituye la institución jurídico procesal en cuya virtud se deja sin curso el procedimiento y, por ende, queda sin resolverse la cuestión constitucional planteada.

Así, se traduce en una resolución judicial que, al actualizarse alguna de las causas previstas en la Constitución o en la Ley de Amparo, ordena dar por terminado el juicio sin estudiar si la actuación atribuida a la autoridad responsable es o no violatoria de garantías individuales o de los derechos derivados de la distribución competencial entre Federación y estados.

¿Cuáles son las causas de sobreseimiento en el juicio de amparo?

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos únicamente prevé como causal de sobreseimiento la inactividad del quejoso.

Por su parte, la ley de la materia establece, en su artículo 74, entre otras la siguiente causa de sobreseimiento: que el agraviado se desista expresamente de la demanda. En materia de amparo el desistimiento de la demanda implica también el desistimiento de la acción, y toda vez que ésta consiste en la declaración de voluntad del quejoso en el sentido de no continuar con el juicio de garantías que promovió, expresamente renuncia a continuar con la acción ejercitada contra los actos y autoridades responsables.

Además compañero trabajador, todavía después de conocida la resolución del amparo donde se otorgue o niegue, existe un última acción jurídica llamada recurso de revisión que daremos cuenta de ello en nuestra próxima entrega.

 

 

 

 

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