domingo, 5 de septiembre de 2021

LA SEGURIDAD SOCIAL. PENSIONES EN LA SEGURIDAD SOCIAL EN MÉXICO

 

LOS TRABAJADORES Y SUS DERECHOS LABORALES EN RELACIÓN CON LA FAMILIA.

Por: Laura Morales

Compañero trabajador, es importante que conozcas otro derecho que tienes derivado de la Seguridad Social que tu patrón te debe de proporcionar por ley, este derecho es el de las pensiones. Como hemos dicho en participaciones pasadas la Seguridad Social en México es proporcionada principalmente por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), quienes en la actualidad otorgan a sus afiliados los siguientes tipos de pensiones: en vida y en caso de defunción.

 

Debemos precisar que la pensión es una prestación económica que se paga en forma mensual a los asegurados o sus beneficiarios por parte del instituto que te otorgue la seguridad social. Los casos en que las pensiones son otorgadas en vida a los afiliados en dichos institutos son: por invalidez, incapacidad (parcial o total), cesantía en edad avanzada, vejez y por retiro. En esta ocasión analizaremos las pensiones de invalidez y por incapacidad que otorgan las instituciones de salud en México.

 

La pensión que se le otorga al asegurado por invalidez ocurre cuando el trabajador asegurado se encuentra imposibilitado, física o mentalmente, para procurarse mediante un trabajo remunerado, de la misma forma una remuneración superior o equivalente al cincuenta por ciento de su remuneración habitual en su último año laborable. Esta pensión se otorga siempre y cuando la invalidez no se derive de un riesgo o enfermedad de trabajo, por tanto, la invalidez debe de ser dictaminada por los médicos especialistas de la institución de salud a la cual estas afiliado.

 

Ahora bien, la pensión que se otorga en caso de incapacidad, ya sea de manera parcial o total, es otorgada cuando el trabajador asegurado ha sufrido una enfermedad o riesgo de trabajo, y éste ha sido dictaminado por la institución social a la que está afiliado; y el monto de este tipo de pensión corresponderá al tipo de incapacidad que se presenta.

 

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