Laura Morales
Compañero
trabajador, en la actualidad es muy importante que todos tengamos todos
nuestros documentos de vida debidamente organizados, tales como, escrituras,
documentos bancarios, documentos de la seguridad social, así como los documentos
de identidad, entre otros. Es por ello que hoy hablaremos de la importancia y
beneficios que se tienen al momento de dejar un testamento.
El
testamento es un acto personalísimo, revocable y libre por el cual una persona
capaz dispone de sus bienes y derechos; y declara deberes para después de su
muerte. Este acto puede realizarse de manera parcial o del total de sus bienes.
Para
poder realizar un testamento, compañero trabajador, en los estados de
Chihuahua, Coahuila, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco y Tlaxcala debes de
contar con 14 años, mientras que en los estados de Jalisco y Michoacán debes de
contar con la mayoría de edad para hacerlo; en los restantes 23 estados de la
República basta con que tengas 16 años para poder realizar tu testamento.
El
testamento es un trámite de carácter personal, es decir, solo tú puedes decidir
qué pasará con los bienes y derechos que tienes después de tu fallecimiento;
mismo que deberás de realizar acudiendo ante un Notario Público.
Existen
dos tipos de testamentos, los especiales y los ordinarios. Los testamentos
especiales son:
· Marítimo,
es el que se realiza en altamar, a bordo de los navíos de la Marina Nacional,
se lleva a cabo ante dos testigos y el capitán del navío.
· Privado,
se realiza en casos graves o enfermedad violenta, en caso de que el testador se
recupere, este testamento se invalida.
· Hecho
en país extranjero, es el que se realiza fuera del territorio nacional, ya sea
ante autoridades mexicanas (en los consulados o embajadas) o autoridades
extranjeras, siempre respetando las leyes del país donde éste se esté
otorgando.
· Militar,
lo realizan los militares cuando entran a guerra o cuando son heridos en campos
de batalla, se realiza ante dos testigos o bien en documento cerrado firmado
con puño y letra del testador.
· Agrario
o lista de sucesiones, lo realizan los ejidatarios y comuneros mediante una
lista donde designan quién o quiénes ocuparán la tenencia de la tierra, el cual
deberá de ser inscrito en el Registro Agrario Nacional.
Ahora
bien, los testamentos ordinarios son los más comunes y estos comprenden los
testamentos:
· Público
Abierto, es realizado de manera escrita y debe de ir firmado en cada hoja por
el testador u otra persona a su petición; debe de ir en sobre cerrado y firmado
en su cubierta por el testador, testigos (en caso de ser necesario), y la firma
y sello del notario.
· Ológrafo,
este se realiza en la misma escritura de adquisición o regularización del
inmueble destinado a la vivienda, en donde se designa quién o quiénes serán los
herederos de la propiedad.
0 comentarios:
Publicar un comentario